Se puede pactar una penalización en el supuesto de retraso en el pago de alquiler y/o por cada día que pasa desde la finalización del contrato sin que tú inquilino te haya devuelto la vivienda por el deber de desalojo, ya sea por resolución del contrato de arrendamiento o por la terminación del plazo de duración convenido.
Ahora bien, lo que no puedes acordar es una penalización excesiva ya que los Tribunales no la consideran válida. Si tú inquilino está pagando un alquiler de 1.000€/mes, no le puedes solicitar una penalización de 150€ diarios. Lo razonable podría ser 60€ día.