El IVA en los alquileres de vivienda

Hacienda considera que aquellas viviendas que se utilizan exclusivamente como vivienda y conjuntamente con el anexo de una plaza de parking y/o un trastero no se aplica el 21% IVA.

Sí que se tiene que aplicar el IVA para aquellas viviendas que sean de uso mixto, es decir, que se utilicen como vivienda y despacho profesional.

También se le aplicará un IVA si alquilas una vivienda a una sociedad.  En el caso que sea una empresa que alquila la vivienda para un empleado es importante que se haga contar en el contrato el nombre del empleado e indicar que será su residencia habitual, en este caso estarás exento del IVA.

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Autor: aliceengelblog

Alice Engel. Asesora Inmobiliaria y Perito Judicial Inmobiliario (api 3080 / aicat 4022). Me gusta mi profesión. Me comprometo.

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