Hay viviendas que aunque se encuentren en un área declarada como mercado tenso no se aplica la contención de rentas.
¿Cuáles son las excepciones?
- Contratos suscritos anteriores al 1 de enero de 1995
- Viviendas de protección oficial
- Alquiler social obligatorio
- Viviendas asistenciales
- Aquellas viviendas con una superficie útil superior a 150m2
- Aquellos contratos formalizados antes de la entrada en vigor, con la excepción de que si se le modifica la renta o duración pasarán a aplicarse la nueva ley de contención de rentas