La fianza

  • – La fianza es una garantía obligatoria para el inquilino, según dicta la Ley de Arrendamientos Urbanos, cuyo fin es responder por desperfectos o daños por un mal uso y por deudas pendientes como puede ser el consumo realizado (agua, gas, luz) y aún no facturado.

Por ello no se puede utilizar esta fianza como pago del último mes de renta.

  • – Tu obligación como propietario es depositar esta fianza en el organismo oficial   que le corresponda.
  • – Si transcurrido un mes desde la entrega de las llaves no se ha devuelto la fianza ésta devengará en el interés legal correspondiente. Si no hay desperfectos, ni deudas pendientes se entregará inmediatamente.
  • – En los contratos por ejemplo celebrados a partir de junio de 2013 se puede actualizar la fianza una vez hayan transcurridos los 3 primeros años del contrato adecuándola a la renta que se esté pagando en ese momento. No se puede actualizar la fianza antes de cumplir estos 3 primeros años.

Autor: aliceengelblog

Alice Engel. Asesora Inmobiliaria y Perito Judicial Inmobiliario (api 3080 / aicat 4022). Me gusta mi profesión. Me comprometo.

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