¿Debe resignarse tu inquilino cuando hay obras necesarias?

Debemos distinguir entre obras necesarias y obras que pueden esperar en el tiempo. Cuando se trata de una obra que no se puede retrasar, por ejemplo, por exigencia de la comunidad de propietarios o porque la vivienda no cumple con las condiciones de habitabilidad tu inquilino está obligado a soportarlas.

El inquilino tiene la opción de desistir del contrato o llegar al acuerdo de una reducción proporcional a la parte de la vivienda que se vea privado.

En el caso que sean obras que pueden esperar en el tiempo y a tú inquilino no le interesa, tendrás que esperar a que finalice el contrato o intentar llegar a algún tipo de acuerdo.

Cuando se realizan obras de mejora puedes aumentar la renta. Dependerá cuando firmaste el contrato. Si lo has firmado ahora no podrás incrementar la renta hasta que no se hayan cumplidos cinco años contractuales si eres una persona física. Si eres una persona jurídica serán siete años. El cálculo para aumentar la renta por obras de mejora es aplicando el capital invertido (restando las subvenciones recibidas) + el tipo de interés legal + 3 puntos. No se puede superar el 20% de la renta que esté pagando el inquilino. Has de cumplir los plazos de comunicación, entrega del presupuesto, y especificar la duración de las obras.

 

Autor: aliceengelblog

Alice Engel. Asesora Inmobiliaria y Perito Judicial Inmobiliario (api 3080 / aicat 4022). Me gusta mi profesión. Me comprometo.

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