Es un matrimonio. Como arrendatario sólo aparece el nombre de uno de ellos. Se separan. El Juzgado le ha adjudicado el uso de la vivienda al conyugue. El conyugue te ha de enviar una copia de la resolución del procedimiento tramitado en el Juzgado conforme le han adjudicado el uso de la vivienda. Te deberá presentar esta comunicación en un plazo de dos meses desde que fue notificada la resolución judicial.
Así pues el conyugue tiene derecho a ocupar la posición de inquilino quedando plenamente vigente todas las condiciones recogidas en el contrato que firmaste en su día.