El contrato de arras es un documento privado que te garantiza el cumplimiento de los acuerdos para la compraventa.
Tenemos diferentes tipos de arras:
Arras confirmatorias son aquellas que no te permiten desvincularte del contrato. Hay voluntad por ambas partes de perfeccionar la compraventa. Es decir, ninguna de las partes podrá rectificar. La compraventa es obligatoria para las dos partes.
Arras penitenciales sí que te permiten echarte atrás a cambio de la pérdida de las arras entregadas o de su devolución duplicada, (tienes la opción de fijar otra cifra en el contrato). Este pacto debe quedar reflejado en el contrato.
Arras penales son una composición entre las arras confirmatorias y penitenciales. El incumplimiento del contrato posibilita como las arras penitenciales a la pérdida o devolución duplicada de la cantidad entregada (también puedes acordar poner la mitad o un importe cierto), pero también refuerzan el vínculo de obligatoriedad siendo exigible que se cumpla el contrato. Al igual que las confirmatorias no puede haber arrepentimiento. Tanto en las confirmatorias como en las penales el incumplimiento puede significar que a cambio de aceptar la resolución de la obligación que os une se requiera como compensación, una indemnización por daños y perjuicios cuyo costo no tiene que ser el mismo de las arras.
No firmes nada que no entiendas. Sus consecuencias vendrán determinadas por lo que está escrito.