En el contrato de arras acordasteis que la compraventa se formalizaría el 23 de este mes de abril, aún en Estado de Alarma por el COVID-19.
El Estado de Alarma limita nuestra libre circulación y hemos de evitar el contacto personal.
¿Qué hacemos?
No hay nada escrito ya que esta situación es excepcional. Hemos de llegar a un entendimiento. Lo primero sería llamar al Notario. ¡Atención! El Notario sólo realiza actuaciones de urgencia. Será éste quién valore si es urgente o no. Si considera que se puede aplazar, ponte en contacto con la otra parte y acuerda un aplazamiento.
Es muy recomendable que conste por escrito quedando claro que se ha consentido por ambas partes, y una vez finalice este confinamiento se podrá fijar un nuevo día y hora.