Quieres comprar un inmueble. Es un piso heredado, y los trámites de la herencia son lentos. Aún no se ha hecho la inscripción en el Registro de la Propiedad del nuevo titular. Tú no quieres perder esta oportunidad, ¿qué hacer?
En este caso concreto, lo más prudente es hacer constar en el contrato de arras que se está pendiente de inscripción y que si por cualquier circunstancia imprevista en este proceso se podrá posponer a otro día la firma de la compraventa. Si el caso fuera más complicado, es mejor minimizar cualquier riesgo y acordar que si en el plazo fijado sigue pendiente la inscripción, el contrato quedará sin efecto, y puedes recuperar el dinero en concepto de arras.