Recuerda que hay tres tipos de arras:
– Arras Penitenciales: Te permiten echarte atrás
– Arras Confirmatorias: No te permiten desvincularte del contrato
– Arras Penales: También refuerzan el vínculo de obligatoriedad siendo exigible que se cumpla el contrato. Son una composición entre las arras confirmatorias y penitenciales.
(ver post TIPOS DE CONTRATOS DE ARRAS)
El contrato de arras Penitenciales es la más habitual. No obstante no sólo es suficiente encabezar el contrato haciendo constar que es un contrato de arras penitenciales, debemos indicar expresamente que la voluntad de las partes en caso de desistir de la compraventa se pacta la pérdida de las arras entregadas o de su devolución duplicada.