En el alquiler turístico su regulación recae en las comunidades autonómicas. Mientras que el alquiler de temporada se regula por la Ley de Arrendamientos Urbanos y supletoriamente por el Código Civil:
- El alquiler turístico suele ser de pocos días con fines de alojamiento turístico. En los apartamentos turísticos se ofrece un equipamiento completo con toallas, sábanas, productos de baño, servicio de limpieza… es decir, se ofrecen servicios complementarios propios de la hostelería. Los suministros están incluidos en el precio. Al apartamento turístico se le tiene que aplicar el IVA.
- El alquiler de temporada. Su fin es una vivienda que se ocupa temporalmente por motivos de estudio, trabajo… No para establecerse. No tienen por qué incluir sábanas, ni toallas. No se ofrecen servicios complementarios como limpieza o servicios complementarios propios de hostelería. Los consumos (agua, luz y gas) no se suelen incluir en el precio del alquiler mensual. Está exento del IVA, siempre y cuando, no se alquile a una sociedad.
Así pues la diferencia entre ambos se basa básicamente en la regulación y en los servicios que ofrecen.