1.- Hay que acudir al notario con el contrato de alquiler para que lo convierta en documento público
– En este contrato debe incluir la descripción de la finca, tal como
aparece en la escritura o nota simple
– La identificación del propietari@ y el inquilin@
– Duración pactada, precio renta…
2.- Liquidación del Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
3.- Inscripción en el Registro de la Propiedad.
El coste de la inscripción en el Registro de la Propiedad suele ir a cargo del inquilin@. Te recuerdo que esta inscripción no es obligatoria.
A tener en cuenta que en el caso que el inquilin@ quiera resolver el contrato de alquiler para levantar este gravamen se necesita la renuncia con un reconocimiento notarial. Esto lleva aparejado un gasto más.