La inscripción de la servidumbre en el Registro de la Propiedad

Si una servidumbre no aparece inscrita en el Registro de la Propiedad no supone su inexistencia. Los motivos pueden ser muy diversos como por ejemplo por su extinción o por su escaso efecto o porque hay otros documentos que justifican la existencia de esa limitación y no se hace necesario inscribirla en el Registro de la Propiedad. O también nos encontramos las servidumbres legales que se establecen por ley como puede ser la ley de costas que es una servidumbre de protección.

 

Anuncio publicitario

Autor: aliceengelblog

Alice Engel. Asesora Inmobiliaria y Perito Judicial Inmobiliario (api 3080 / aicat 4022). Me gusta mi profesión. Me comprometo.

Deja una respuesta

Por favor, inicia sesión con uno de estos métodos para publicar tu comentario:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

A %d blogueros les gusta esto: