Cuando ya has acabado de pagar tu préstamo hipotecario el asunto no acaba aquí. Para extinguir definitivamente tu hipoteca faltan unos pasos más.
Los trámites son los siguientes:
- Solicitar a tú banco el certificado de saldo cero de la hipoteca. Documento que demuestra que has pagado la totalidad de la hipoteca
- Entregar al notario dicho certificado y escritura de la hipoteca. (Tienes derecho a escoger el notario o bien te lo puede facilitar el banco). El notario hará una escritura pública de cancelación. El apoderado del banco tendrá que acudir al notario para firmar dicha escritura de cancelación
- Solicitar un certificado de exención del impuesto de actos jurídicos a Hacienda. La cancelación de la hipoteca está sujeta a la tenencia de este impuesto, aunque está exento de pago. Se tiene un plazo de 30 días desde la firma de la escritura pública de cancelación
- Luego habrá que acudir al Registro de la Propiedad y presentar la documentación (esta gestión la puede hacer la notaría)
- Una vez inscrita la cancelación de la hipoteca podrás irla a recoger
Y por último para verificar que la gestión se ha realizado correctamente puedes solicitar una nota simple.
Operación necesaria si decides vender o deseas solicitar un nuevo préstamo.
La cancelación de la hipoteca por caducidad se produce si han transcurrido 20 años completos desde el fin del plazo del pago que se indica en la escritura de la hipoteca.