No se aplica la renta del contrato anterior cuando:
- La vivienda ha sido arrendada a un familiar
- Una vivienda que estaba sujeta a una protección oficial
Por ejemplo, esta vivienda protegida tenía ya una renta limitada de 500€/mensuales. En el día de hoy ha sido desafectada.
El cálculo para la nueva renta utilizaremos el índice de referencia de precios y nos sale un valor de 700€. Este será su nueva renta + los gastos de escalera y el Impuesto de Bienes Inmuebles/mensuales