Elementos comunes y elementos privativos

Elementos comunes

Todos los titulares son copropietarios de los elementos comunes. Esto no quiere decir que algún elemento sea privativo como por ejemplo patios o terrazas.

El esqueleto del inmueble es el elemento común.

No se puede renunciar a un elemento común para no pagar las respectivas cuotas.

No se puede realizar ninguna modificación en la estructura del inmueble.

Elementos privativos

Es el espacio susceptible de aprovechamiento, es decir, lo que está dentro de las paredes, nuestra vivienda, local. Su uso está reservado, y, como tal, somos los responsables de cualquier daño que se pudiera ocasionar.  En el interior de la vivienda o local puedes hacer las obras que quieras, siempre y cuando, no afecte a la seguridad del edificio, ni modifiques un elemento común.

 

Anuncio publicitario

Autor: aliceengelblog

Alice Engel. Asesora Inmobiliaria y Perito Judicial Inmobiliario (api 3080 / aicat 4022). Me gusta mi profesión. Me comprometo.

Deja una respuesta

Por favor, inicia sesión con uno de estos métodos para publicar tu comentario:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

A %d blogueros les gusta esto: