Derecho de tanteo. Es la preferencia que tiene tu inquilino a comprar la vivienda que ocupa en el caso que quieras venderla. Debes notificárselo por escrito indicando el precio y las condiciones. Tu inquilino cuenta con un plazo mínimo de 30 días para darte una respuesta.
Derecho de retracto. Si por cualquier motivo olvidaras de informar a tú inquilino de la venta de la vivienda, éste podrá ejercer su derecho, o también en el caso que hubieras vendido a un precio inferior. Esto quiere decir que podría anular la compraventa y ejercer su derecho a subrogarse en la adquisición de la vivienda en las mismas condiciones esenciales y precio.
Por lo tanto envía esta notificación por burofax con acuse de recibo y contenido. Hay que demostrar que enviaste esta notificación y cumplido la ley tal como la regula.