Nota informativa contratos de temporada

El pasado 23 de junio se publicó en el BOE la ORDEN VAU/653/2025, que establece el procedimiento para la transmisión de datos por parte de las plataformas de alquiler de corta duración a la nueva Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, dependiente del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

A partir del 1 de julio de 2025, estas plataformas deberán remitir mensualmente (o trimestralmente en el caso de microplataformas) los siguientes datos:

  • Actividad por unidad alquilada
  • Número de registro del arrendador
  • Dirección del alojamiento
  • URL de los anuncios activos

Por otro lado, según ha confirmado ASETUR, las casas rurales correctamente inscritas en los Registros Autonómicos de turismo no estarán obligadas a registrarse en el nuevo Registro Único. Su única obligación será incluir su número de registro autonómico en las plataformas donde oferten su alojamiento.

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Autor: aliceengelblog

Alice Engel. Asesora Inmobiliaria y Perito Judicial Inmobiliario (api 3080 / aicat 4022). Me gusta mi profesión. Me comprometo.

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