El alquiler de habitaciones rige por lo que dicta el código civil. No confundir cuando se ha alquilado en un mismo contrato toda la vivienda a varios inquilinos, ya que en este caso sí que es un contrato que rige por la ley de Arrendamientos Urbanos tanto si se alquila por un periodo temporal como puede ser una temporada de estudios, o de larga estancia.