Escenas Cotidianas – Índice –

Los gastos que supone alquilar una vivienda

Antes de buscar una vivienda en alquiler hemos de tener en cuenta una serie de gastos que hemos de desembolsar en un breve tiempo y que suele suponer unos miles de euros.

 El día de la firma se ha de pagar los siguientes conceptos:

·         El mes de alquiler en curso

·         La fianza legal (entre una o dos mensualidades)

·         Garantía adicional. Existe la posibilidad que nos la soliciten

·         Honorarios de agencia. Suelen ser entre una mensualidad o el 10% de una anualidad más impuestos.

·         Impuesto de transmisiones patrimoniales. Hay que tomar como importe de base el alquiler de todo un año (850€ (renta mensual) x 12 meses = 10.200 euros x 0,5%  y multiplicar por 3 años, duración del contrato según la actual ley de arrendamientos  = 153€. Si se han pactado más años habrá que multiplicar por los años todos los años acordados.

 Otros posibles gastos a considerar:

          Seguro de hogar. Es muy aconsejable contratar un seguro para inquilinos.

          Seguro mantenimiento caldera y/o aire acondicionado

          Mudanza. Mobiliario. Electrodomésticos…

Qué requisitos ha de tener tú agente inmobiliario

Ante todo que sea un profesional y ello implica:

  • Ser un conocedor del mercado
  • Que establezca lazos de confianza contigo
  • Que haya comunicación fluida
  • Que te informe regularmente
  • Que sepa escucharte y entenderte
  • Que se convierta en tú asesor personal. Está para ayudarte
  • Que sea transparente. Honest@
  • Que tenga una buena actitud y motivación

 

Estos son los requisitos que puedes exigir a tu agente inmobiliario.

 

Diferencias entre el contrato de uso distinto del de vivienda y el de vivienda

El contrato de uso distinto del de vivienda es utilizado para la instalación de una oficina, despacho, comercio. … , es decir, que se desarrolle una actividad comercial. Mientras que el de vivienda debe reunir las condiciones para vivir. Al tratarse de usos diferentes también queda reflejado en los contratos esta diferencia.

El régimen aplicable de los contratos de locales y oficinas es por la Ley de Arrendamientos Urbanos (L.A.U) y supletoriamente por las disposiciones del Código Civil. No obstante la ley deja una total libertad para que arrendador@ y arrendatari@ regulen sus relaciones, aunque sea una regulación distinta a la que establece la LAU. El contrato de viviendas hay unos derechos y obligaciones estipuladas tanto para el arrendador@ y arrendatari@.

Lo que sí es una obligación en los contratos de uso comercial es que la fianza legal sea de dos mensualidades.  El de la vivienda habitual se puede pactar una mensualidad.

Tu inquilin@ ha cambiado la cerradura

Si tu inquilin@ ha cambiado la cerradura está en todo su derecho a hacerlo.

No puedes prohibirle cambiar la cerradura. Tu inquilin@ tiene derecho a proteger su seguridad y también su intimidad.

La ley de arrendamientos te permite acceder a la vivienda para la inspección y comprobación de obras o reparaciones que afecten a la vivienda así mismo a operari@s mandados por ti. Aunque por supuesto previa cita, no por sorpresa. Sí que le puedes exigir a tú inquilin@ que el cambio de cerradura sea igual o de similar calidad a la que sustituyó.

 

¿Cómo éramos antes, y ahora a la hora de comprar o alquilar una vivienda?

La diferencia entre ese antes y ahora es porque hoy en día estamos muchos más informad@s. Tenemos cierto conocimiento del mercado y cómo se ha de proceder.

Antes si queríamos comprar o alquilar una vivienda teníamos los clasificados de los diarios. Un breve texto, que detallaba las principales características, sin fotos. Estábamos en manos de los agentes inmobiliarios y/o de los propietari@s lo que implicaba una situación de desventaja.

En la actualidad tenemos internet, desde la comodidad de casa buscamos la información que necesitamos. Los portales inmobiliarios nos presentan los inmuebles con imágenes, podemos hacer búsquedas por rangos de precio, número de dormitorios, barrios…

Se tiene un mayor poder de negociación y de exigencia.  ¿Mejor o peor? Diferente.