¿Puedes subir el alquiler sin previo aviso?

Según establece la Ley de Arrendamientos Urbanos la renta será actualizada anualmente. Dado que hay libertad de pactos podrías llegar al acuerdo de aplicar el índice de Garantía de Competitividad (ICG) = (no podrá superar el 2%, ni nunca será negativo) o el índice de Precios de Consumo (IPC).  

En el supuesto que no se hubiera incluido ningún pacto de actualización no podrás aumentar la renta.

Y la respuesta al encabezamiento sí tienes que notificar al inquilino por escrito que la renta que viene pagando en relación con el referenciado será actualizada a partir de la próxima mensualidad.

 

La retención de la fianza

La fianza legal y adicional es una garantía que se utiliza si hay desperfectos en la vivienda o si hay importes pendientes como suministros, o de aquellos pagos que hayas asumido como propietario correspondiéndole al inquilino.

Como propietario recuerda que estás obligado a darle este uso. No para disponer de este dinero libremente para usos personales.

Si es necesario proceder a una retención de la fianza recuerda que debes justificarlos con facturas. El fin no es más que garantizar los derechos y obligaciones que tiene cada una de las partes.

¿Cuánto cobra un Notario?

El cobro de los notarios está regulado. Cada escritura de compraventa tiene su propio coste que va regulada mediante aranceles (impuestos). Te pueden ofrecer un presupuesto orientativo ya que su coste dependerá de diversos elementos. Es bastante complejo. El importe de la escritura depende del precio del inmueble, suma si tiene algún anexo como una plaza de garaje y/o trastero, el número de folios de la escritura, las copias simples entregadas… a estos costes hay que sumarle el IVA. Luego hay otros gastos extra arancelarios como puede ser la copia autorizada electrónica (que se remite al Registro de la Propiedad) y la certificación catastral.  Según el Real Decreto 8/2010, 20/05 introduce una rebaja arancelaria del 5% que pueden aplicarte. Es voluntaria para el notario.

La asesoría es gratuita.

Pueden existir variaciones en la minuta de un notario u otro. Estas variaciones pueden hallarse en el número de folios de la escritura o en otros conceptos como número de copias dependiendo del número de compradores….

Por ejemplo la minuta al notario que tendríamos que pagar por la escritura pública de la compra de una vivienda por un precio de 170.000€ sería aproximadamente de 465€ que incluye 2 copias simples, copia autorizada e IVA.

Elementos comunes y elementos privativos

Elementos comunes

Todos los titulares son copropietarios de los elementos comunes. Esto no quiere decir que algún elemento sea privativo como por ejemplo patios o terrazas.

El esqueleto del inmueble es el elemento común.

No se puede renunciar a un elemento común para no pagar las respectivas cuotas.

No se puede realizar ninguna modificación en la estructura del inmueble.

Elementos privativos

Es el espacio susceptible de aprovechamiento, es decir, lo que está dentro de las paredes, nuestra vivienda, local. Su uso está reservado, y, como tal, somos los responsables de cualquier daño que se pudiera ocasionar.  En el interior de la vivienda o local puedes hacer las obras que quieras, siempre y cuando, no afecte a la seguridad del edificio, ni modifiques un elemento común.

 

La Propiedad Horizontal

La propiedad horizontal es el edificio dividido por elementos privativos y elementos comunes.

El promotor hace la división horizontal.

La propiedad horizontal se rige por el:

  1. a) Título constitutivo: Aquí se describe el inmueble en su conjunto, cada uno de los pisos y locales existentes. Se establecerán las cuotas de participación (en base a su superficie, situación (interior, exterior), el uso que se haga de los elementos comunes). Indica si hay anejos como trasteros, plazas de parking…
  2. b) Estatutos: Normas estatuarias, es decir, se redactarán normas como puede ser limitaciones o privaciones de un derecho. La administración del edificio, seguros, conservación…No son obligatorias, pero sí convenientes
  3. c) Reglamento interno: Regula las normas de convivencia, utilización de las zonas comunes.