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Actualización de la fianza legal

 

La fianza legal es obligatoria para el inquilino. No confundir con la fianza adicional o depósito de garantía.

La fianza legal tiene que corresponder al importe de la renta y tú como propietario tienes la obligación de depositarla en la cámara de la propiedad u organismo similar.

La fianza legal la puedes actualizar. En los contratos de alquiler que se rigen por la ley del 6 de junio de 2013 puedes actualizar la fianza al cumplir los tres años contractuales y acomodarla a la renta que esté pagando en ese momento el inquilino. En los contratos anteriores (Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos) cuya duración es de cinco años puedes actualizarla al quinto año.

Recuerda que si ninguna de las partes dice nada al cumplir los tres años contractuales se prorroga automáticamente un año más. Los contratos de cinco años se prorrogan tres años más al cumplir el quinto año de contrato, opcional para el inquilino, obligatorio para el propietario.

 

Extinción legalmente de tú hipoteca

Cuando ya has acabado de pagar tu préstamo hipotecario el asunto no acaba aquí. Para extinguir definitivamente tu hipoteca faltan unos pasos más.

Los trámites son los siguientes:

  •  Solicitar a tú banco el certificado de saldo cero de la hipoteca. Documento que demuestra que has pagado la totalidad de la hipoteca
  • Entregar al notario dicho certificado y escritura de la hipoteca. (Tienes derecho a escoger el notario o bien te lo puede facilitar el banco). El notario hará una escritura pública de cancelación. El apoderado del banco tendrá que acudir al notario para firmar dicha escritura de cancelación
  • Solicitar un certificado de exención del impuesto de actos jurídicos a Hacienda. La cancelación de la hipoteca está sujeta a la tenencia de este impuesto, aunque está exento de pago. Se tiene un plazo de 30 días desde la firma de la escritura pública de cancelación
  • Luego habrá que acudir al Registro de la Propiedad y presentar la documentación (esta gestión la puede hacer la notaría)
  • Una vez inscrita la cancelación de la hipoteca podrás irla a recoger

Y por último para verificar que la gestión se ha realizado correctamente puedes solicitar una nota simple.

Operación necesaria si decides vender o deseas solicitar un nuevo préstamo.

La cancelación de la hipoteca por caducidad se produce si han transcurrido 20 años completos desde el fin del plazo del pago que se indica en la escritura de la hipoteca.

 

Vendes el piso a un no residente

La compra de una vivienda tanto si es un nacional como un extranjero no varía. Se pagan los mismos impuestos.

El no residente está obligado a pagar al igual que el nacional el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o el IVA en el caso de vivienda nueva y adicionalmente el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Gastos de Notaría y Registro de la Propiedad. Por supuesto también el Impuesto de Bienes Inmuebles.

Donde sí se dan diferencias con respecto a los nacionales es en el caso de que un no residente lo ponga a la venta. Los no residentes deberán pagar  el impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) y por el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU o plusvalía municipal). En el caso que alquile la vivienda tiene que declarar los ingresos obtenidos y no  puede aplicarse las reducciones que se aplican a los nacionales.

 

Finalización contrato. Documento de acuerdo de finalización

 Es muy aconsejable que por desistimiento de contrato se firme un documento de finalización junto con la entrega de llaves.

 No sólo es el reconocimiento de ambas partes de la finalización contractual sino que se especifica los siguientes apartados:

 1.- Cuándo se suscribió el contrato y cuándo finaliza

2.- Revisión del inmueble: si hay o no desperfectos. Detallar los desperfectos. Cuantificar los  desperfectos   

3.- Liquidaciones: La cantidad que entregó el inquilino. Pagos pendientes si los hubiere

4.- Lectura de los suministros. Y en relación con el consumo realizado no facturado acuerdo para hacer una provisión de fondos de la fianza hasta el efectivo abono

5.- Entrega de las llaves

  Así evitaremos discusiones, reclamaciones…

Cláusulas nulas

El inquilino tiene sus derechos y obligaciones. En los alquileres de vivienda hay cláusulas que si van en contra de los derechos del inquilino son declaradas nulas.

Cláusula nula es, por ejemplo, hacer renunciar al inquilino su derecho de prorrogar el contrato hasta el plazo obligado de tres años.

Cláusula nula es pactar una indemnización superior a la que dicta la ley de arrendamientos vigente.

No incluyas cláusulas que limiten los derechos del inquilino. En el caso de conflicto estos pactos no los considerarán válidos.