Escenas Cotidianas – Índice –

Finalización contrato. Documento de acuerdo de finalización

 Es muy aconsejable que por desistimiento de contrato se firme un documento de finalización junto con la entrega de llaves.

 No sólo es el reconocimiento de ambas partes de la finalización contractual sino que se especifica los siguientes apartados:

 1.- Cuándo se suscribió el contrato y cuándo finaliza

2.- Revisión del inmueble: si hay o no desperfectos. Detallar los desperfectos. Cuantificar los  desperfectos   

3.- Liquidaciones: La cantidad que entregó el inquilino. Pagos pendientes si los hubiere

4.- Lectura de los suministros. Y en relación con el consumo realizado no facturado acuerdo para hacer una provisión de fondos de la fianza hasta el efectivo abono

5.- Entrega de las llaves

  Así evitaremos discusiones, reclamaciones…

Cláusulas nulas

El inquilino tiene sus derechos y obligaciones. En los alquileres de vivienda hay cláusulas que si van en contra de los derechos del inquilino son declaradas nulas.

Cláusula nula es, por ejemplo, hacer renunciar al inquilino su derecho de prorrogar el contrato hasta el plazo obligado de tres años.

Cláusula nula es pactar una indemnización superior a la que dicta la ley de arrendamientos vigente.

No incluyas cláusulas que limiten los derechos del inquilino. En el caso de conflicto estos pactos no los considerarán válidos.

Certificado de eficiencia energética

Es un documento oficial que detalla cómo está construido el edificio, sus instalaciones…cuyo fin es conocer la eficiencia del consumo de energía, incluyendo recomendaciones de mejora.

 El objetivo es poner en conocimiento a aquellos potenciales compradores o arrendatarios que a la hora de elegir su vivienda, oficina, local puedan saber cómo es de eficiente y hacerse una idea del gasto en energía que supondrá. La etiqueta energética muestra la calificación energética en una escala de la letra A (más eficiente) a la G (menos eficiente). Existe la obligación de presentarla en toda la publicidad para venta o alquiler de los inmuebles.

Este informe lo ha de elaborar un técnico competente que tenga la formación profesional  necesaria y acreditación.

La validez máxima de este informe es de 10 años desde la firma y emisión del técnico, siendo obligatoria para el propietario su renovación en el caso de venta o alquiler. En el caso de que se tenga un certificado que no esté caducada y se quiera vender o alquiler el inmueble no será necesario renovarlo, siempre y cuando, no se hayan hecho modificaciones que varíen la reducción de la calificación.

Hay algunos inmuebles que se libran de la certificación energética como por ejemplo:

  • Edificios protegidos oficialmente
  • Edificios que requieren una reforma completa
  • Edificios industriales (taller, nave, almacén), garajes, trasteros, es decir, espacios que no son habitables
  • Edificios aislados con una superficie útil menor de 50m2.

En resumen nos están decidiendo que seamos conscientes de nuestro consumo y que lo podemos reducir invirtiendo en nuestras ventanas, tejado, en la caldera, iluminación, climatización. Por lo tanto es una herramienta que podemos utilizar para negociar el precio del alquiler o venta ante otros inmuebles en la misma localización y de características similares.

El alquiler de un local y pago IBI

Has alquilado un local y has pactado con tú inquilino que se haría cargo del pago del IBI.

Recuerda hacerlo constar en el contrato y sobretodo no olvides de especificar en el contrato cuándo te ha de abonar el IBI.

Si ya ha vencido el día del pago envíale un burofax y adjunta el recibo del IBI. Si transcurren 30 días y no te ha hecho el ingreso puedes presentar una demanda de desahucio por falta del pago del IBI.

 

Certificado de deuda de la comunidad de propietarios

Cualquier inmueble que forme parte de una propiedad horizontal obliga a los propietarios que sean partícipes de aquella propiedad horizontal que pertenecen, por medio de una Comunidad de Propietarios. Los propietarios deben participar en todos aquellos gastos para un adecuado sostenimiento del inmueble.

Cuando compramos un inmueble nos tienen que presentar dicho certificado firmado por el Secretario y Presidente de la Comunidad conforme se está al orden del día de todos los pagos o en el caso de existir deudas que se detallen dichas deudas.

Si este certificado se aporta con deudas se puede retener ese dinero al vendedor. Un consejo es solicitar al vendedor que la emisión de dicho certificado sea la fecha más próxima al día de la firma de la compraventa. Para evitar sorpresas pídele que se incluya que no existen derramas o reparaciones extraordinarias que hayan de ser efectuadas en breve.

Lo ideal es solicitar que te entreguen las últimas actas de las convocatorias que organiza la Comunidad de Propietarios  o hablar directamente con el administrador de la finca.