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Deniegan la hipoteca

Firmaste un contrato privado para vender tú propiedad. Ya faltan pocos días para la firma de la compraventa ante notario. El comprador te dice que no puede continuar con la compra. No le han concedido la hipoteca.

Si firmasteis unas arras confirmatorias o penales podrás exigir el cumplimiento de lo pactado. En el caso que se firmara unas arras penitenciales está prevista la posibilidad de desistir perdiendo la cantidad entregada.

 

 

¿Se puede ampliar el preaviso?

Desde la última modificación de la ley de arrendamientos en los contratos de vivienda cuando el inquilin@ quiere dar por finalizado su contrato tiene que notificártelo con 30 días de antelación.

 ¿Puedes ampliar este preaviso?

La respuesta es NO. En el caso de hacer constar en el contrato un plazo superior de 30 días será considerada una cláusula nula. Sí que sería válido si reduces el tiempo del plazo.

 

No consta en el alquiler de un local una serie de cláusulas

La ley deja una total libertad para que arrendador@ y arrendatari@ regulen sus relaciones, aunque sea una regulación distinta a la que establece la LAU.

Has de tener en cuenta que aquellas condiciones que no se hayan regulado pueden perjudicarte como propietari@. Por ejemplo la LAU dicta que el inquilin@ no puede realizar obras que modifiquen la configuración o disminuyan la seguridad del local pero  sí puede hacer otras obras. Si en tu local hay elementos que quieres conservar pacta que no podrá realizar ningún tipo de obra sin previo consentimiento por escrito.

 

Nota simple y cómo solicitarla

La nota simple es un documento informativo del inmueble, identidad de los titulares y se hace constar las cargas que afectan al inmueble o limitaciones…Un documento imprescindible cuando queremos comprar.

¿Cómo podemos obtenerla?

Actualmente es mucho más rápido solicitarla por internet que ir presencialmente al Registro de la Propiedad.

Búsqueda por Idifur:  Si conoces el Idifur (identificador único de finca registral) es como el DNI de la finca. Es la forma más sencilla de solicitarla, sin necesidad de disponer del resto de datos registrales. Puede pasar que  el Idifur es de reciente creación y no lo tengas.

Búsqueda por datos registrales: Los datos registrales es el número de finca que se asigna en el registro de la propiedad correspondiente en el momento de ser inscrita por primera vez.  Los datos que se detallan son el número Finca, sección, tomo, libro y folio. Es imprescindible conocer el número del Registrador de la Propiedad.

Búsqueda por titular: Si conoces el nombre y apellido y su DNI o NIE son datos suficientes. Puedes especificar la provincia y municipio para limitar la búsqueda. Si esta persona tiene varias propiedades puedes solicitar que te las remitan todas. En el caso que sólo solicites una se enviará cualquiera de ellas.

Desistimiento del inquilin@

Una vez cumplido el plazo obligatorio de 6 meses, el inquilin@ puede dar por finalizado el contrato, siempre y cuando, avise con 30 días de antelación. De manera que el contrato finalizará transcurridos esos 30 días.

No le puedes exigir el pago de una mensualidad completa aunque se hubiera firmado el contrato un día 1 y por ejemplo el día 20 recibes la notificación que tú inquilin@ deja la vivienda. El contrato finalizará el día 20 del mes siguiente. Le cobrarás por esos 20 días que ha ocupado la vivienda.