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Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en el alquiler

Es un impuesto que se paga en la compra de una vivienda y en el alquiler, tanto en contrato de vivienda habitual como en contratos de temporada. En el caso de alquileres para uso distinto de vivienda como puede ser un local, oficina, trastero…está exento ya que tributan por IVA.

La diferencia fundamental entre el IVA e ITP, como regla general, es que el IVA se aplica en las entregas de bienes y prestación de servicios por profesionales y empresarios, mientras que el ITP es entre particulares.

El ITP lo paga el inquilino aunque el propietario es responsable. Si no lo paga el inquilino Hacienda te lo puede reclamar.

Se debe pagar en un plazo máximo de 30 días a contar desde la firma del contrato de alquiler. Su cálculo, en la comunidad de Cataluña, es por ejemplo, en el supuesto de un arrendamiento de 1.000€ mensuales multiplicaremos esta base imponible por los años contractuales (aunque sea inferior a tres años, si es un contrato de vivienda habitual se tomará como referencia tres años ya que es la duración mínima que establece la ley de arrendamientos). Será 1.000€ x 36 meses (3 años)  x 0,5% = 180€.

Vicios ocultos

Vas a comprar un piso, y el en contrato de arras indica que renuncias al saneamiento de vicios ocultos?

Los vicios ocultos son aquellos defectos del piso que no son visibles, y/o te han ocultado de su existencia. Por ejemplo que esté afectado por aluminosis, termitas…

No aceptes la renuncia de vicios ocultos. Si aparece algún vicio oculto lo puedes reclamar en un plazo de 6 meses a contar desde el día de la compraventa.

 

Los suministros en el alquiler

Una vez firmado el contrato de alquiler el inquilino tiene que hacer el cambio de nombre y domiciliación de cada uno de los suministros de agua, luz, y gas si lo hubiere. Es importante ya que la responsabilidad del pago será del inquilino.

No vale lo de cambiar únicamente la domiciliación, y no la titularidad. El responsable es el titular del contrato de suministro. Si la titularidad sigue siendo la tuya, como propietario, tú serás el responsable de cualquier impago. Esta es una gestión gratuita.

¿Cuál es la gestión posterior a la compra de una vivienda?

1.- Hemos de diferenciar si es una vivienda de segunda mano u obra nueva. En el caso de la compra de una vivienda de segunda mano pagaremos a Hacienda el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). En el caso de obra nueva pagaremos el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Tenemos un plazo máximo de 30 días desde la firma de compraventa para hacer este pago

2.- Inscripción en el Registro de la Propiedad

3.- Hacer el cambio de nombre de los suministros o darlos de alta

4.- Verificar antes de que acabe el año que se haya hecho el cambio de nombre del Impuesto de Bienes Inmuebles

Los dos primeros trámites son gestiones que puedes hacer personalmente, o una gestoría o la propia notaría. Infórmate de las tarifas.

Duración de un alquiler

Un contrato de alquiler puede tener la duración que se quiera. Pueden ser de 3 meses, 15 meses, 24 meses… es lo que se acuerde entre ambas partes. Cuando se firma un contrato de vivienda habitual a pesar de haber firmado por ejemplo por 6 meses el inquilino tiene derecho a permanecer en el piso durante un plazo mínimo de tres años si cumple con todas sus obligaciones. Una vez cumplidos esos 6 meses el contrato se prorroga automáticamente.