Documentación necesaria para comprar una vivienda

En líneas generales la documentación original que nos solicitará la Notaría es la siguiente:

  • Escritura de la Propiedad, debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad
  • Cédula de habitabilidad
  • Últimos recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles
  • Certificado de saldo hipoteca, en el caso que conste en la nota simple como carga una hipoteca
  • Certificado comunidad de propietarios conforme se está al orden del día de los pagos de comunidad
  • Certificado energético
  • Si la finca tiene una antigüedad superior a los 45 años el certificado de Inspección Técnico del Edificio
  • Contrato de arras
  • y no olvides tu DNI/NIF.

El Notario también hará constar en la escritura de cómo y cuándo se ha pagado la vivienda. Dejará constancia si los talones son nominativos o al portador, o se ha realizado una transferencia bancaria, y reflejará los números de cuenta.

Por supuesto en otros casos como personas que actúen en representación de otros, herencias, o ….. habrá que aportar más documentación para comprobar que todo está correcto.

Tipos de cómputo de superficie

Es importante conocer qué tipo de superficie nos están hablando en una operación de un inmueble. Tendremos que tener claro los tipos de superficie que hay.

Superficie útil: Es la superficie neta de todas las estancias que conforma un inmueble, es decir, toda aquella superficie interna que puedes pisar, incluyendo armarios.

Superficie construida: Se incluyen todos los metros cuadrados que están dentro del parámetro del inmueble incluido paredes, y la mitad de las medianeras. También se contabiliza el 50% de los balcones. En el caso de terrazas si la superficie de la terraza es menor al 15% de la superficie de la vivienda, se sumará el 50% de su superficie a la de la vivienda. Si la terraza es mayor al 15% de la superficie de la vivienda, se sumará entre el 15% y 20% a la de la vivienda.

Superficie construida con elementos comunes: Incluye la superficie construida y la parte proporcional de los elementos comunes del edificio: vestíbulo, escalera…

La superficie habitual que se utiliza en las operaciones inmobiliarias es la superficie construida.

Inspección técnica de edificios (ITE)

La ITE es una inspección técnica en la que se comprueban las condiciones de seguridad, estabilidad y consolidación del edificio. Tiene carácter obligatorio para toda clase de edificios independientemente de su uso o destino, y a partir en el año que cumpla 45 años.

Por eso es muy importante que verifiques, que en el caso que quieras vender un inmueble, dispongas del certificado de aptitud. Si no lo tienes tanto el comprador como el Notario podrían decidir no seguir adelante con la operación.

¿Es obligatoria la escritura?

No es obligatoria pero sí es muy aconsejable ya que ofrece al comprador seguridad y protección.

Esta seguridad jurídica y protección se fundamenta en dos figuras: El Notario y el Registro de la Propiedad.

El Notario y el Registro de la Propiedad te garantizan una operación pacífica.

 

Referencia catastral

En los contratos de alquiler tenemos que hacer constar la referencia catastral y en nuestra declaración de la renta anual.

La referencia catastral es un código de identificación fiscal. Es único para cada inmueble, de esta forma permite diferenciarlo de un inmueble de otro. Está compuesto por 20 caracteres.

Se puede consultar en el recibo del IBI o podemos acceder a http://catastro.meh.es/ Aparece también la superficie del inmueble, coeficiente de participación, uso, antigüedad del edificio.