Certificado de eficiencia energética

Es un documento oficial que detalla cómo está construido el edificio, sus instalaciones…cuyo fin es conocer la eficiencia del consumo de energía, incluyendo recomendaciones de mejora.

 El objetivo es poner en conocimiento a aquellos potenciales compradores o arrendatarios que a la hora de elegir su vivienda, oficina, local puedan saber cómo es de eficiente y hacerse una idea del gasto en energía que supondrá. La etiqueta energética muestra la calificación energética en una escala de la letra A (más eficiente) a la G (menos eficiente). Existe la obligación de presentarla en toda la publicidad para venta o alquiler de los inmuebles.

Este informe lo ha de elaborar un técnico competente que tenga la formación profesional  necesaria y acreditación.

La validez máxima de este informe es de 10 años desde la firma y emisión del técnico, siendo obligatoria para el propietario su renovación en el caso de venta o alquiler. En el caso de que se tenga un certificado que no esté caducada y se quiera vender o alquiler el inmueble no será necesario renovarlo, siempre y cuando, no se hayan hecho modificaciones que varíen la reducción de la calificación.

Hay algunos inmuebles que se libran de la certificación energética como por ejemplo:

  • Edificios protegidos oficialmente
  • Edificios que requieren una reforma completa
  • Edificios industriales (taller, nave, almacén), garajes, trasteros, es decir, espacios que no son habitables
  • Edificios aislados con una superficie útil menor de 50m2.

En resumen nos están decidiendo que seamos conscientes de nuestro consumo y que lo podemos reducir invirtiendo en nuestras ventanas, tejado, en la caldera, iluminación, climatización. Por lo tanto es una herramienta que podemos utilizar para negociar el precio del alquiler o venta ante otros inmuebles en la misma localización y de características similares.

El alquiler de un local y pago IBI

Has alquilado un local y has pactado con tú inquilino que se haría cargo del pago del IBI.

Recuerda hacerlo constar en el contrato y sobretodo no olvides de especificar en el contrato cuándo te ha de abonar el IBI.

Si ya ha vencido el día del pago envíale un burofax y adjunta el recibo del IBI. Si transcurren 30 días y no te ha hecho el ingreso puedes presentar una demanda de desahucio por falta del pago del IBI.

 

Reformas por parte del inquilino a cambio de una carencia

Vas a alquilar un piso aunque necesita algunas reformas. Prefieres que el inquilino se lo haga a su gusto. ¿Cómo podemos regular este compromiso en el contrato?

Primero un presupuesto detallando las partidas, el precio y calidades. Evitaremos conflictos.

En el contrato haremos constar:

1.- Que existe el compromiso del inquilino a realizar esas obras, en el caso que se incumpla esta obligación se puede resolver el contrato

2.- Establecer una fecha de finalización de las obras

3.- Indicar los meses de carencia que habéis acordado

4.- Estas obras quedarán en la vivienda una vez finalice el contrato y no se podrá exigir una compensación

Alquilas un piso a estudiantes por un curso

Como lo quieren para un curso escolar puedes formalizar un contrato de temporada ya que no es para satisfacer su necesidad como vivienda permanente. Especifica la residencia habitual de los inquilinos.  Cuando finalice el plazo pactado no tienen derecho a prorrogar el alquilar hasta el mínimo de tres años como dicta la ley de arrendamientos. Ten en cuenta que al hacer un contrato de temporada no te podrás aplicar la reducción de desgravaciones fiscales sobre los rendimientos netos. Sólo se aplican estas desgravaciones en contratos de alquiler por vivienda habitual.

Haz un detallado anexo de todo el mobiliario que incluyes y su estado. Acompáñalo de fotografías.

Haz que firmen como arrendatarios todos los estudiantes que van a ocupar el piso y que todos responden solidariamente del pago de la renta y cumplimiento de las obligaciones contractuales.

Puedes solicitar garantías adicionales como un aval personal. Si son extranjeros solicita garantías dinerarias ya que si te vieras obligado a reclamar tendrías que hacerlo en el extranjero.

Incluye en el contrato que se deben respetar las normas de comunidad, es decir de convivencia, conforme el incumplimiento de esta cláusula es motivo de resolución contractual.

Un piso y una plaza de parking para alquilar en el mismo edificio

Si alquilas el piso y el parking conjuntamente se entiende que es un pack y se considerará alquiler de vivienda.

Si alquilas el parking a un inquilino distinto que el de la vivienda, el alquiler del parking será un alquiler para uso distinto de vivienda.

Diferencias:

  • El alquiler del parking, como uso distinto de vivienda, te da más libertad de pactos por ejemplo en la duración. Puedes pactar el tiempo que se quiera.
  • El alquiler de forma conjunta (piso y parking) podrás aplicar una reducción sobre los rendimientos.
  • El alquiler de vivienda está exento de IVA, mientras que el alquiler de uso distinto de vivienda se le aplica un 21% de IVA. Estás obligado a presentar a Hacienda cada trimestre las correspondientes declaraciones de este impuesto, y no percibirás ninguna reducción.