La responsabilidad del inquilin@ a informar de cualquier accidente o avería

Tu inquilin@ pasado un tiempo te informa que se estropeó la lavadora  y que compró una nueva. Ahora te pide que se la desembolses.

 La ley de arrendamientos dice que el inquilin@ responderá de la posesión y utilización de la vivienda y deberá dar cuenta inmediata al arrendador@ de cualquier accidente o avería que le afecte, así como permitir el acceso en la vivienda al propietari@, y a los operari@s o industriales mandados por la propiedad, para la realización, inspección y comprobación de cualquier clase de obras o reparaciones que afecten al inmueble.

El inquilin@ tiene pues la obligación y responsabilidad de comunicártelo, y no puede decidir por su cuenta sustituir un electrodoméstico para luego reclamarte su abono. Tú no has podido verificar si realmente era necesaria su reparación o simplemente se requería la reparación de una avería.

¿Qué hemos de tener en cuenta a la hora de alquilar una vivienda?

  • Documentación de la vivienda
  • Estudiar el valor del mercado
  • Cómo enseñar el piso
  • Verificación solvencia del inquilin@
  • Redacción del contrato de arrendamiento
  • Ingresar la fianza en la Cámara de la Propiedad

La documentación que necesitamos para alquilar una vivienda es la cédula de habitabilidad y el certificado energético. Recuerda que si publicas el piso tienes que incluir en el anuncio la clasificación del certificado energético.

Estudia el valor de mercado de los precios de alquiler que hay en la zona. Busca pisos similares al tuyo. Ten en cuenta aspectos como la antigüedad de la finca, ascensor, superficie del piso, número de dormitorios y baños, calefacción, carpintería, altura, calidades y equipamiento, entre otros.  Debes ser objetivo, no te dejes llevar por las emociones personales. Tú piso es muy bonito aunque probablemente hay alguno mejor.

Cuando muestres el piso tiene que estar ordenado y limpio. Es importante.

Si te has decidido por un candidat@ verifica su solvencia solicitando el contrato de trabajo y últimas nóminas. Se recomienda no superar más del 45% del salario mensual en el pago del alquiler. El ideal es un 30%

Redacta el contrato de alquiler. Un buen contrato es una garantía. No olvides hacer constar en el contrato la referencia catastral. Y sobre todo no incluyas cláusulas que limiten los derechos del inquilino. Ingresa la fianza en la Cámara de la Propiedad, es obligatorio. Te podrían multar si no lo haces.

El contrato de temporada

Este contrato se utiliza únicamente cuándo vamos a alquilar la vivienda sólo de paso, por ejemplo por un traslado de trabajo temporal, estudios…  No para establecerse. Esta es su diferencia fundamental con respecto al contrato de vivienda habitual.

El contrato de temporada se enmarca dentro de los contratos de arrendamiento para uso distinto de vivienda. Hay más libertad de pactos.

  •  Firma una duración concreta, por ejemplo del 19 de diciembre de 2016 al 5 de abril de 2017) El inquilin@ no tiene derecho a los 3 años contractuales de los contratos de vivienda habitual siendo la finalización  del contrato el plazo pactado.
  • Especifica que no es la vivienda habitual del inquilino. Haz constar en el contrato la dirección de su domicilio habitual.
  • Según dicta la ley de arrendamientos para contratos de uso distinto de la vivienda la fianza a solicitar es de 2 meses. Sin embargo dependiendo de la duración del contrato puedes establecer una cantidad menor y hacerlo proporcionalmente al tiempo de la estancia e indicarlo en el contrato.

Ten en cuenta que al tratarse de un arrendamiento de temporada no podrás beneficiarte de las deducciones fiscales que hay, sólo se aplican a los contratos de vivienda habitual.

Obligaciones y derechos del arrendador

El arrendad@r, el propietari@, se obliga a ceder temporalmente un inmueble a cambio de un pago de forma periódica. ¿Cuáles son las obligaciones y derechos del arrendad@r?

Obligaciones del arrendad@r

  • Entregar al arrendatari@ el inmueble en la forma acordada
  • Ejecutar las obras necesarias para la conservación y habitabilidad del inmueble
  • La exigencia de la fianza
  • Cumplir con lo acordado en el contrato

Derechos del arrendad@r

  • Recibir el pago de la renta y actualizaciones según lo especificado en el contrato
  • Reparar los daños que se hayan causado por un mal uso por parte del inquilin@
  • Aumentar la renta por obras de mejora transcurridos los 3 años de contrato
  • A recuperar la vivienda por necesidad
  • Rescindir el contrato por incumplimiento de las obligaciones del inquilin@

Diferencias entre la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos y la reformada por Ley 4/2013 de 4 junio

Las diferencias más destacadas en el alquiler de viviendas entre la ley 29/1994 y la actual Ley 4/2013 son las siguientes:

 

  Ley 29/1994 Ley 4/2013
Duración contrato 5 años 3 años
Duración prorrogas 3 años 1 año
Desistimiento del contrato para parte del inquilino 1 año 6 meses
Preaviso por parte del inquilino 2 meses 1 mes
Recuperación de la vivienda por parte del propietario Debe constar esta necesidad en el contrato y el motivo Transcurrido el 1er año de contrato el propietario puede recuperar la vivienda para destinarla como vivienda permanente
Venta vivienda alquilado El comprador tiene que respetar el contrato Si el contrato no está inscrito en el Registro de la Propiedad el comprador puede rescindir el contrato
Ejecución hipotecaria Hay que respetar el contrato Se extingue el contrato de arrendamiento

Es  importante tanto para el propietario como para inquilino saber en qué fecha se firmó el contrato de arrendamiento.