La propiedad horizontal es el edificio dividido por elementos privativos y elementos comunes.
El promotor hace la división horizontal.
La propiedad horizontal se rige por el:
- a) Título constitutivo: Aquí se describe el inmueble en su conjunto, cada uno de los pisos y locales existentes. Se establecerán las cuotas de participación (en base a su superficie, situación (interior, exterior), el uso que se haga de los elementos comunes). Indica si hay anejos como trasteros, plazas de parking…
- b) Estatutos: Normas estatuarias, es decir, se redactarán normas como puede ser limitaciones o privaciones de un derecho. La administración del edificio, seguros, conservación…No son obligatorias, pero sí convenientes
- c) Reglamento interno: Regula las normas de convivencia, utilización de las zonas comunes.