Cómo elegir a un agente inmobiliario

Es esencial seleccionar un agente inmobiliario en quien puedas confiar. Debe ser alguien sensible a tus necesidades y que disfrute de su profesión. Un agente que te entienda, que te ayude y te aconseje, haciendo que todo el proceso sea fácil y agradable. Ofrecerte un asesoramiento basado en la representación y garantía de tus intereses.

La facilidad de contacto es otro factor importante. Deberías poder ponerte en contacto con el agente inmobiliario fácilmente y recibir información puntual durante todo el proceso. Asegúrate de que esté colegiado en el Colegio de API.

Para ser agente inmobiliario en Cataluña, se deben cumplir una serie de requisitos. El Registro de Agentes Inmobiliarios de Cataluña es obligatorio y garantiza que el agente inmobiliario está capacitado para proporcionar un servicio eficiente y de calidad. Este registro certifica que el agente tiene la formación académica adecuada y la experiencia necesaria.

Cláusula abusiva en las hojas de visitas

La hoja de visita es un documento que se firma con frecuencia cuando se visita un inmueble. Su fin es permitir a las inmobiliarias llevar un seguimiento de las personas interesadas por la propiedad.

Es importante destacar que visitar un inmueble no implica ningún compromiso por parte del visitante.

Sin embargo, algunas inmobiliarias incluyen una cláusula en la hoja de visita que establece que, en caso de que el visitante adquiera la propiedad sin la intermediación de la inmobiliaria, asume solidariamente el pago de los honorarios correspondientes a la operación.

Esta cláusula ha sido declarada nula por la Audiencia Provincial de Valencia, ya que la visita no supone un contrato de mediación con la inmobiliaria. La obligación de pagar los honorarios a la agencia inmobiliaria recae sobre el vendedor, con quién está vinculado contractualmente, y no sobre el comprador. Además, se considera abusiva por no haber sido negociada individualmente

El límite de la actualización de la renta

Según la normativa vigente, se establece de manera clara que los alquileres no se pueden actualizar por encima del 2% a lo largo de este año, salvo acuerdo entre la partes, siempre que el propietario sea un particular. Es importante destacar que en ningún caso dicha actualización podrá rebasar el índice de precios al consumo (IPC).

Ahora bien, y qué pasa si el IPC es menor al 2%. La normativa actual no contempla expresamente esta circunstancia. Por consiguiente,  si se situara por debajo del 2% no podrán actualizarse en un porcentaje superior.

Excepciones al límite de la actualización:

  • Alquileres de temporada
  • Alquileres viviendas suntuarias
  • Alquileres de viviendas habitaciones, turísticas
  • Alquileres viviendas cuyos inquilinos son personas jurídicas (empresas, sociedades…)

La carencia en el alquiler, ¿qué es esto?

La carencia en el alquiler se acuerda entre el propietario y futuro inquilino.

La carencia en el alquiler se refiere a un periodo razonable de tiempo en el cual el inquilino no está obligado a pagar la renta. Se hace constar en el contrato de arrendamiento.

La finalidad de la carencia en el alquiler puede variar, aunque principalmente se usa para realizar mejoras en la propiedad. Se recomienda especificar en el contrato de alquiler el período de la carencia, la causa de la carencia y las condiciones particulares. Por ejemplo en la carencia de mejoras anexar una descripción de éstas e incluir una penalización si no se ha cumplido.

Arrendamiento habitación. Arrendamiento compartido.

El alquiler de habitaciones rige por lo que dicta el código civil. No confundir cuando se ha alquilado en un mismo contrato toda la vivienda a varios inquilinos, ya que en este caso sí que es un contrato que  rige por la ley de Arrendamientos Urbanos tanto si se alquila por un periodo temporal  como puede ser una temporada de estudios, o de larga estancia.